Estudiar casos de mujeres homicidas obliga a desarmar estereotipos, a mirar más allá del maquillaje y los tacones, y a entender que el crimen femenino interroga tanto a la biografía individual como a las estructuras que moldean la conducta humana.

martes, 12 de agosto de 2025

Josune Oña Ispizua

La Audiencia Nacional ha condenado, respectivamente, a penas de 69 años y tres meses y 74 años de cárcel a los etarras Josune Oña Ispizua y Asier Mardones Esteban, a los que considera cooperadora necesaria y autor del atentado que se produjo el 14 de septiembre de 2003 en el alto de Herrera (Álava), en el que murió el también terrorista Arkaitz Otazua y resultaron heridos dos miembros de la Ertaintza. - Fuente

En una sentencia notificada ayer, la Sección Tercera de la Sala de lo Penal señala, no obstante, que los dos etarras cumplirán un máximo de 25 años de prisión y no 40 porque la Fiscalía calificó los hechos como sendos delitos de lesiones contra miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y no como homicidios en grado de tentativa.

Durante la última sesión del juicio, que se celebró el pasado 21 de julio, el presidente del tribunal, Alfonso Guevara, reprochó a la fiscal Blanca Rodríguez que no pidiera cinco años más de cárcel para cada uno de los etarras.

Además del delito de lesiones, el tribunal condena a Oña y Mardones por el robo del vehículo en el que simularon un percance para cometer la acción terrorista y la detención ilegal durante unas horas de sus dos ocupantes, que fueron atados a un árbol en un paraje cercano. A Mardones, además, le asigna la tenencia ilícita de armas.

La Audiencia Nacional también les obliga a indemnizar conjunta y solidariamente con 300.000 y 250.000 euros, respectivamente, a los dos agentes heridos, que sufrieron heridas por arma de fuego que les han incapacitado para volver a trabajar, al tiempo que les impide acercarse a ellos durante los diez años siguientes al cumplimiento de su pena. De igual modo, deberán abonar 15.000 euros a cada uno de los secuestrados.

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